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Servicios que se Proveen

¿QUE SERVICIOS SE PROVEEN?

Servicios disponibles por el Departamento de Servicios de Mantenimiento de Hijos incluyen:

  • Localizar al padre sin custodia
  • Establecer, modificar, y hacer cumplir ordenes de la corte de mantenimiento y/o médico.
  • Establecer la paternidad, hacer que su hijo sea elegible para beneficios ó pensiones que el/ella no fuera elegible, tal como Seguro Social ó herencia, en adición al mantenimiento de hijos.
  • Colectar pagos de mantenimiento de hijos y del cónyugue cuando el mantenimiento del cónyuge es parte de la orden de mantenimiento que estamos haciendo cumplir.

Al requerir al padre sin custodia que pague el mantenimiento de hijos puntualmente y consistentemente, se establecerán pagos regulares que dejará al padre con custodia planear su futuro, lo cual puede incluir descontinuar asistencia pública.

El Departamento de Servicios de Mantenimiento de Hijos continuará trabajando el caso después que la asistencia pública sea descontinuada, al menos que el padre/madre con custodia nos pida que terminemos nuestros servicios.

El Departamento de Servicios de Mantenimiento de Hijos provee asistencia a familias por parte del Estado de California. Nosotros no tenemos la autoridad de actuar como su abogado.

El Departamento de Servicios de Mantenimiento de Hijos no tiene la autoridad de proveerle los siguientes servicios:

• Preparación de orden de restricción,
• Asistencia en asuntos de divorcio,
• Resolución en asuntos de custodia ó derecho de visita,
• Establecimiento de ordenes de mantenimiento conyugal.

Si necesita una orden de restricción, por favor llame al District Attorney’s Victims’ Assistance Program al número (805) 654-3622 para asistencia ó visite la página de Internet al www.ventura.org/vcda/crime_victims_assistance (al hacer clic en este enlace le llevara a la página de Internet). Esta página de Internet es solamente disponible en Inglés. Si usted necesita ayuda en asuntos de custodia ó derecho de visita, por favor llame al District Attorney’s Child Recovery Division al (805) 477-1664.

¿CÓMO SE OBTIENEN LOS SERVICIOS DE MANTENIMIENTO DE HIJOS?

Si el padre con custodia está recibiendo servicios de asistencia pública para los hijos, el trabajador de la Agencia de Servicios Humanos (HSA) automáticamente referirá el caso a nuestra oficina. El padre con custodia tiene que cooperar con el Departamento de Servicios de Mantenimiento de Hijos al menos que se encuentre una buena causa para no cooperar y sea establecida por la Agencia de Servicios Humanos.

Para declarar buena causa, el padre con custodia debe comunicarse con el trabajador de la Agencia de Servicios Humanos para obtener un formulario de no-cooperación bajo buena causa. El formulario debe estar apropiadamente completo y documentación debe de entregarse a la Agencia de Servicios Humanos.


Si usted no esta recibiendo asistencia pública, usted puede pedir una solicitud por escrito, al visitarnos o al hablar a nuestra oficina al 4651 Telephone Road Suite #101, Ventura, CA 93003, (805) 654-5200, o para informacion de pagos llame gratuitamente al (866) 709-8077.


Servicios sin costo son disponibles a cualquier persona que necesite asistencia en colectar o pagar mantenimiento de hijos. Además no hay algún costo por nuestros servicios en California. Algunas acciones legales requieren una cuota mínima que se págue a otra agencia, pero eso es inusual y nosotros le dejaremos saber de esos costos antes que ocurran.


Un caso será abierto y cuentas establecidas a la petición de cualquiera de los padres con o sin custodia. No es necesario que esté legalmente separado/a o divorciado/a del otro cónyugue para ser elegible a nuestros servicios. Cuando un caso de mantenimiento de hijos es abierto, nosotros también podemos hacer cumplir la orden de mantenimiento conyugal.


Cuando complete su aplicación, por favor proporcione toda la información que pueda acerca del otro padre, incluyendo:

  • Nombre, fecha de nacimiento, y la descripcion física más recién y/o una fotografía.
  • Número de seguro social.
  • Número de licencia de conducir.
  • Dirección actual o mas reciente.
  • Nombre y dirección del último empleador.
  • Nombre y dirección de cualquier empleador previo.
  • Nombre y dirección de amigos o familiares.
  • Si hay ordenes previas de mantenimiento y donde se establecieron. Por favor proporcione copias de cualquier orden que tenga en su posesión.

Con el nombre, fecha de nacimiento y número de seguro social, nosotros podemos hacer uso de recursos locales, estatales, y federales para localizar al padre. Usted puede encontrar esta información en viejos talones de cheque, formularios de crédito, formularios de regreso de impuestos, o en documentos de escuela.


Por favor tome nota: El Departamento de Servicios de Mantenimiento de Hijos no puede actuar como su abogado para obtener orden de separación o divorcio legal. Nosotros no tenemos la autoridad de actuar en asuntos de custodia, derecho de visita, o acuerdos de propiedades. Para asistencia en estos asuntos, usted puede actuar por si solo/a o puede comunicarse con un abogado privado. El Ventura County Bar Association le puede asistir en seleccionar a un abogado. Para información adicional, por favor llame al Servicio de Referencia de Abogados (Lawyer Referral Service), (805) 983-6667. Un representante de Ley Familiar puede asistirle para completar documentos de corte. Por favor vea la página de Internet al courts.countyofventura.org. Haga clic en “Legal Self-Help” y después en “Family Law”, o llame al (805) 662-6661. Esta página de Internet es solamente es disponible en Inglés.



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